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- Inspecciones Técnicas de Edificios I.T.E.



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Inspección Técnica de Edificios. Ourense.

La inspección técnica de edificios (ITE) es una inspección que han de pasar los edificios (algo así como la ITV de los edificios), en aquellos ayuntamientos o comunidades donde se hayan aprobado (como por ejemplo Ourense, Vigo, Coruña o Ferrol),  para acreditar su buen estado en cuanto a la seguridad, independientemente del uso al que estén destinados (viviendas, almacenes, comercios, etc.).

 

Inspecciones técnicas de edificios. I.T.E.

La inspección técnica de edificios (ITE) es una inspección que han de pasar los edificios, en aquellos ayuntamientos o comunidades donde se hayan aprobado,  para acreditar su buen estado en cuanto a la seguridad, independientemente del uso al que estén destinados (viviendas, almacenes, comercios, etc.).

En cada caso está regulada por la Ordenanza Municipal  correspondiente:

Ayuntamiento de Ourense

Ordenanza en proceso de aprobación definitiva

Noticia en la prensa local: La Región

Están obligados a realizar la inspección todos los propietarios (personas físicas o jurídicas) de cualquier tipo de inmueble. En caso de estar integrados en Comunidades de Propietarios, el deber de inspección corresponde a la propia Comunidad.

Ha de ser realizada por un técnico competente para conocer el estado general del edificio y se formaliza en un documento que consta de un informe de la inspección realizada y de un dictamen final, visado por el correspondiente Colegio Profesional, que debe entregarse en Oficina de Urbanismo dentro del plazo estipulado.

Para efectuar la ITE, se inspecciona visualmente principalmente la cimentación (cuando sea posible), cubierta, estructura, fachada y elementos comunes(si se trata de un edificio de viviendas).

Calendario de aplicación en Ourense:
- 2011 Edificaciones anteriores a 1910 y/o catalogadas
- 2012 Edificaciones construidas entre 1911 y 1950
- 2013 Edificaciones construidas entre 1951 y 1965
- 2014 Edificaciones construidas entre 1966 y 1975
- 2015 Edificaciones construidas entre 1976 y 1980
- 2016 Edificaciones construidas entre 1981 y 1985
A partir del 2017 tendrán que pasarla las edificaciones posteriores a 1986.

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PREGUNTAS MÁS FRECUENTES

¿Es obligatoria la ITE? ¿Qué supone su incumplimiento?

La ITE es obligatoria. El incumplimiento del plazo establecido supone la aplicación de una sanción económica, además de la realización, a costa de la Propiedad, de una ITE por un técnico designado por la administración competente.

¿Qué consecuencias tiene que el informe sea desfavorable?

Si el resultado de la inspección es desfavorable, la Propiedad tendrá un plazo para solicitar la licencia municipal de las obras necesarias.

En las comunidades de propietarios ¿debe realizarse una ITE por vivienda o local?

Cada edificación tendrá una única ITE, por lo que será la comunidad de propietarios la encargada de solicitar su realización.

Me han notificado que tengo que pasar la ITE de mi casa, pero la reformé hace unos 10 años.

Si la reforma se hizo con proyecto y licencia, deberá presentar en la Oficina de Urbanismo el Certificado Final de Obras, la Licencia de Primera Ocupación, la Licencia de Obras o cualquier otro documento que permita acreditar su antigüedad. En caso contrario deberá pasar la ITE.

¿Tengo que pasar la ITE de una nave industrial?

Si. La ITE la deberán pasar todas las edificaciones independientemente del uso al que estén destinadas; pueden ser viviendas, locales comerciales, naves industriales, almacenes...

Una vez pasada la primera ITE, ¿hay que volver a pasarla?

La ITE debe renovarse cada x tiempo.

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Aprobación inicial de la ordenanza reguladora del deber de conservación, de la inspección técnica de edificaciones y de la declaración de ruina del Concello de Ourense (Extracto de noticia publicada en la página del Ayuntamiento de Ourense y con exposición publicada en el B.O.P. de Ourense nº 197 con fecha 27 de agosto de 2010).

 

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Inspecciones técnicas de edificios. I.T.E. (extracto de noticia publicada en La Región.es con fecha 31-05-2010)

Los edificios antiguos deben pasar una inspección técnica.

El Concello de Ourense ultima una ordenanza que afectará en una primera fase (2011) a las construcciones realizadas hasta 1910 y paulatinamente irá incorporando viviendas posteriores.

El Concello ultima su ordenanza de inspección técnica de edificaciones que será a los inmuebles lo que la ITV viene siendo para los vehículos. La norma es un imperativo legal desde 2002, aunque en la ciudad todavía no se comenzará a aplicar hasta que la normativa esté en marcha. 'No podíamos dilatarla más. Está implantada en casi todas las capitales', explica la concejala de Urbanismo, Áurea Soto. Su intención es que la norma sea aprobada inicialmente en el pleno del mes de julio y, después de un periodo de alegaciones, pueda recibir el visto bueno definitivo en septiembre.

Pero, ¿qué es la inspección técnica de edificaciones (ITE)? Básicamente, se trata de un control que tendrán que pasar todos los edificios en función de su antigüedad para acreditar su estado de seguridad constructiva, independientemente de que su uso sea el de vivienda, oficina, industria o comercio. Desde la entrada en vigor de la ordenanza y hasta el 31 de diciembre de 2011, sólo tendrán que pasar esta inspección los edificios construidos hasta 1910. Después, paulatinamente, se irán incorporando el resto de edificaciones, de forma que en 2012 lo harán las construidas entre 1911 y 1950; al año siguiente, las datadas entre 1951 y 1965; en 2014, los edificios construidos entre 1966 y 1975; en 2015, los realizados entre 1976 y 1980; en 2016, las edificaciones construidas entre 1981 y 1985 y, a partir de esta fecha, los inmuebles posteriores a 1986.

Las inspecciones deben ser realizadas por profesionales independientes, a cargo del propietario (o comunidad de propietarios) del inmueble, dado que el informe debe ser expedido por un técnico especializado. Para llevar a cabo la supervisión del estado del edificio, el dueño debe facilitar al técnico la visita de las instalaciones y el profesional tendrá que valorar si es necesario realizar obras para garantizar las condiciones de seguridad constructiva. El resultado de esta supervisión tendrá que ser visado por el colegio profesional correspondiente y después ser presentado en el Registro de la Gerencia Municipal de Urbanismo.

Después de la primera inspección, la próxima se realizará dentro del año siguiente a aquel en el que hayan transcurrido 10 años desde el vencimiento del plazo en el que se debió entregar el informe de la inspección anterior.



ITV del inmueble

Ciudades como A Coruña y Vigo, así como alrededor de una treintena en todo el Estado, cuentan ya con una ordenanza de inspección técnica de edificaciones, aunque lo cierto es que existen ciertas diferencias entre ellas.
Aun así, la base de esta norma estriba en la obligatoriedad que, ya en la actualidad, tienen los propietarios de los edificios de mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro. Por eso, los técnicos que realicen estos controles, de los que estarán exentos los edificios que ya están declarados en ruina por resolución firme y los sometidos a expediente contradictoria de ruina, tendrán que atender a varias cuestiones, como el estado estructural del inmueble y el mantenimiento de cuestiones básicas (como losetas que pueden caer de una fachada, aluminosis....).
En líneas generales, se realiza una supervisión visual de cerramientos, cubiertas, estructuras e instalaciones de fontanería y saneamiento, dado que el objetivo final de estos controles es garantizar la seguridad de los edificios de cierta antigüedad, prevenir daños y evitar las consecuencias de la falta de conservación de los inmuebles.
El coste de estas inspecciones dependerá del volumen de los edificios, aunque podrían oscilar en torno los 300 ó 400 euros, según explican algunos técnicos, quienes señalan también que es 'más barato prevenir un desperfecto inicial en la vivienda que la posterior reparación de los daños que este desperfecto pudiera producir'.

Dado que en el primer año de vida de la ordenanza afectará a edificios centenarios, el Casco Histórico será la zona de la ciudad en la que con total seguridad se comenzarán las inspecciones, que, en el caso de contar con más de un propietario, serán acometidas por la comunidad. Ya en los dos siguientes años, 2012 y 2013, se sumarán un grueso importante de edificaciones, dado que alrededor de un tercio de los inmuebles de la ciudad se sitúan entre la década de los 50 y los 60, sobre todo en algunos barrios, como A Carballeira, O Polvorín y Covadonga, entre otros.

La puesta en marcha de esta ordenanza, entre otras novedades del servicio, llevará consigo una cierta reestructuración del departamento de Urbanismo, dado que este servicio se realizará desde el de Disciplina Urbanística. Esta área municipal afrontará, en primer lugar, esta ordenanza y después abordará la directiva europea de servicios y licencias de aperturas y, finalmente, la ordenanza de ruidos, muy demandada esta última por el sector de bares y pubs como fórmula para finalizar con el actual conflicto entre estos colectivos. El traslado a la nueva sede de Urbanismo, en la calle Padre Feijóo, previsto para el último trimestre del año, facilitará la reestructuración al haber más espacio.

 

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Si rellena este cuadro con su solicitud de presupuesto, será contestado a la mayor brevedad.
También puede enviarnos un correo con su solicitud o los datos de la edificación que debe pasar la ITE a: iteorense@cesartejada.com

 

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